¿A quién va destinado?
A toda persona independientemente de su actividad profesional. (salvo, tripulaciones de barcos, aviones, servicios de salvamento, toreros, militares y cuerpos y fuerzas de seguridad)
¿Qué ventajas proporciona?
El cobro de un capital en caso de fallecimiento o invalidez permanente a causa de un accidente, se complementa con coberturas adicionales como gastos de impuesto de sucesiones, acondicionamiento de vivienda, automóvil en caso de invalidez, etc
Forma de contratación
Consulte con su Oficina habitual de Caja Segovia
Invalidez Permanente:
Comprende el pago del capital suscrito en función del porcentaje señalado para cada tipo de invalidez (derivada de accidente cubierto en póliza) según baremo indicado en la Condiciones Generales una vez haya sido reconocida definitivamente mediante certificado médico oficial. Incluye la práctica de deportes como aficionado que no conlleven un alto riesgo.
¿Qué ocurre cuando se sufre un accidente no laboral?
Se garantizan los accidentes profesionales y extraprofesionales.
¿En caso de Enfermedad ?
La cobertura es únicamente para los casos de accidente, cualquier tipo de enfermedad está excluida.
Exclusiones más destacadas
Además de las enfermedades, queda expresamente excluido los accidentes como consecuencia de desvanecimientos, síncopes, ataques de apoplejía, epilepsia, infartos de miocardio que no sean declarados como accidente laboral, derrames cerebrales, fracturas patológicas, reumatismo, hernias de cualquier naturaleza, esfuerzos musculares o de lumbago, ciáticas, accidentes sufridos en estado de embriaguez o bajo los efectos de drogas, estupefacientes etc.
Los accidentes ocurridos durante la practica de deportes como profesional, carreras, competiciones, concursos, desafíos o apuestas, durante la practica de paracaidismo, deportes aéreos, boxeo, lucha, alpinismo, esquí fuera de pista, puenting, rafting, etc y en general aquellas prácticas deportivas que sean notoriamente peligrosas.
Los accidentes ocurridos durante el uso de ciclomotores y motocicletas
Personas Asegurables:
Cualquiera salvo:
Menores de 14 años y los mayores de 65 años
Los que su profesión exponga a peligros extraordinarios
Afectados por enfermedad grave o crónica o algún tipo de invalidez
Actividades profesionales
Aceptación automática a la misma tasa, siempre y cuando el asegurado no haya padecido o padezca alguna enfermedad grave o limitación física, tales como Apoplejía, Epilepsia, Alienación mental, Diabetes, Hemofilia, enfermedades de la medula espinal o cualquiera de análoga gravedad.
Relación de actividades:
Consulta en la oficina